Trámites para la nacionalidad española
La Nacionalidad española se adquiere bien por Opción, o bien por Residencia en España por el tiempo exigido en el Código Civil. Excepcionalmente también se adquiere por Carta de Naturaleza otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto.
- Asesoría en la tramitación: En este ámbito prestamos la asesoría necesaria para la correcta tramitación de los procedimientos y expedientes de opción o solicitud de nacionalidad española. Especial atención merece toda la tramitación que se hace ante los Consulados Españoles, pues una mala interpretación, o errónea información en las representaciones consulares en el extranjero, podría originar una tramitación incorrecta, que necesariamente terminaría en la denegación de la opción de nacionalidad.
- Recursos ante el Ministerio de Justicia por denegación de la nacionalidad: si una vez tramitada la opción o solicitud de nacionalidad, ésta fuera denegada, el solicitante tiene derecho a interponer el recurso correspondiente ante el Ministerio de Justicia, en los plazos legalmente establecidos. Para la redacción e interposición del recurso, prestamos nuestra asesoría a aquellas personas afectadas por la denegación.
- Nacionalidad española de origen para hijos y nietos de españoles: Conforme a la DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, el próximo día 27 de diciembre de 2008, podrán adquirir la nacionalidad española de origen: a) Aquellos cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español; b) Los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio. En estos casos, nuestros servicios abarcan la asesoría y asistencia en la tramitación del expediente de nacionalidad, así como los posibles recursos contra una denegación de la solicitud.